No le compete a la superintendencia de sociedades determinar si una sociedad esta cobijada por la ley 1429 de 2010.
La Ley, “Por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo”, conforme lo consagrado en el artículo 1, tiene como objeto, “la formalización y la generación de empleo, con el fin de generar incentivos a la formalización en las etapas iniciales de la creación de empresas; de tal manera que aumenten los beneficios y disminuyan los costos de formalizarse”.
La citada ley tiene aplicación sobre las pequeñas empresas que se encuentren enmarcadas dentro de los parámetros fijado en el texto de la misma, en donde se fijan incentivos para acceder a microcréditos y créditos, generación de empleo, progresividad en el pago de impuestos, etc. En este orden, no le compete a la Superintendencia de Sociedades, señalar si determinada sociedad, esta cobijada por la citada ley 1429, correspondiéndole a la sociedad evaluar si se dan frente a la persona jurídica las condiciones necesarias para acceder a la misma y gozar de los beneficios que ello conlleva.
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
CONCEPTO 220-052756
Mayo 1 de 2011
ASUNTO: Ley 1429 de 2010 – No le compete a la Superintendencia de Sociedades determinar si una sociedad esta cobijada por dicha ley.
Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2011-01-097248, por medio de la cual informa que es el representante legal de una sociedad que fue constituida en enero de 2011 y consulta si dicha compañía esta cobijada por la Ley 1429 de 2010.
Sobre el particular me permito manifestarle que la Ley 1429 del 29 de diciembre de 2010,Por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo, conforme lo consagrado en el artículo 1, tiene como objeto, “la formalización y la generación de empleo, con el fin de generar incentivos a la formalización en las etapas iniciales de la creación de empresas; de tal manera que aumenten los beneficios y disminuyan los costos de formalizarse.
La citada ley tiene aplicación sobre las pequeñas empresas que se encuentren enmarcadas dentro de los parámetros fijado en el texto de la misma, en donde se fijan incentivos para acceder a microcréditos y créditos, generación de empleo, progresividad en el pago de impuestos, etc.
En este orden, es preciso anotarle que no le compete a la Superintendencia de Sociedades, señalarle si la sociedad objeto de su consulta, esta cobijada por la citada ley 1429, correspondiéndole a la sociedad evaluar si se dan frente a la persona jurídica las condiciones necesarias para acceder a la misma y gozar de los beneficios que ello conlleva.